Caso Lía Falcón: la Justicia condenó a Francisco Roldán a cinco años de prisión efectiva e inhabilitación por diez años
- La Pampa

- 10 nov 2025
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Este lunes al mediodía, la Audiencia de Juicio de Santa Rosa condenó a Francisco Roldán, de 62 años, a cinco años de prisión de cumplimiento efectivo y diez años de inhabilitación para conducir vehículos con motor, por el delito de homicidio culposo agravado, en el marco del trágico siniestro vial que provocó la muerte de la joven Lía Falcón, ocurrido el pasado 16 de enero en la avenida Circunvalación y calle Cavero.

El fallo fue dictado por los jueces Andrés Olié, Gastón Boulenaz y Carlos Besi, quienes encontraron probado que Roldán conducía su Ford Falcon modelo 1980 a más de 99 km/h, superando en más de 30 km/h la velocidad permitida en esa zona, cuando cruzó un semáforo en rojo e impactó a Lía, quien cruzaba de forma peatonal por la senda correspondiente. La joven fue arrollada, arrastrada por 30 metros, y falleció tras ser trasladada al Hospital Favaloro.
"No fue un simple descuido"
Durante el juicio oral, el fiscal Marcos Sacco había solicitado exactamente la pena que finalmente impuso el tribunal. Acusó a Roldán de conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria, sumando como agravantes el exceso de velocidad, la violación del semáforo y la manipulación del teléfono celular.
“No fue un accidente, fue la crónica de una muerte anunciada por la irresponsabilidad al volante”, sostuvo Sacco durante los alegatos finales.
La querella, representada por la abogada Aldana Belén Prost en nombre de la madre de la víctima, había pedido 12 años de prisión por homicidio simple con dolo eventual o, de forma subsidiaria, 6 años por homicidio culposo triplemente agravado, junto a 20 años de inhabilitación y el secuestro del vehículo. Ninguno de estos pedidos fue aceptado por el tribunal.
La figura del dolo eventual, rechazada
El fallo fue contundente al rechazar la figura del homicidio simple con dolo eventual solicitada por la querella. En sus fundamentos, el juez Besi —autor del voto al que adhirieron sus pares— consideró que ese planteo presentó defectos procesales, penales y constitucionales, por no haber sido introducido en la instancia procesal correspondiente.
“El dolo requiere conocimiento y voluntad. No surgió en el juicio ninguna prueba que permitiera enmarcar la conducta de Roldán dentro del ámbito subjetivo del dolo”, afirmaron los magistrados.
Asimismo, el tribunal citó el precedente nacional del caso Sebastián Cabello, en el que la Corte Suprema terminó revocando una condena por dolo eventual y recaratulando el hecho como homicidio culposo.
Una conducción temeraria y riesgosa
El fallo también profundiza sobre las condiciones de conducción de Roldán al momento del hecho. Los jueces resaltaron que violó el deber de cuidado previsto en la Ley Nacional de Tránsito, no solo por el exceso de velocidad y el cruce en rojo, sino también por su visión disminuida. Roldán admitió usar anteojos “comprados en kioscos”, sin receta médica, y fue diagnosticado con glaucoma por su oftalmólogo, al que consultó recién dos meses después del siniestro.
“El imputado realizó acciones que la prudencia indicaba abstenerse de realizar. Su conducción fue claramente riesgosa y peligrosa”, concluyó el tribunal.
Además, valoraron como agravantes la multiplicidad de infracciones cometidas, el daño emocional y psicológico causado a la familia de Lía, y la gravedad de las consecuencias.
En cuanto a los atenuantes, los jueces consideraron su colaboración en el proceso, la ausencia de antecedentes penales, su hábitat de trabajo y su presencia durante las audiencias.
Roldán seguirá en prisión domiciliaria hasta que la sentencia quede firme
Aunque se dictó una pena de cumplimiento efectivo, el tribunal resolvió que Roldán permanezca bajo arresto domiciliario —como venía cumpliendo desde hace nueve meses— hasta que la sentencia quede firme. A partir de ese momento, se ordenará su detención inmediata. También se notificó la inhabilitación especial a la Municipalidad de Santa Rosa, al REPAT (Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito) y al Departamento de Operaciones Policiales.
Por otro lado, el tribunal no hizo lugar al secuestro del vehículo, como había solicitado la Fiscalía y la querella, argumentando que no existe marco legal para aplicar esa medida como pena principal.
Vigilia y acompañamiento en las puertas del Centro Judicial
Durante la mañana del lunes, familiares, amigos y allegados de Lía realizaron una vigilia desde las 11 horas en las puertas del Centro Judicial para esperar la sentencia. A pesar de que el acusado no estuvo presente en la lectura del fallo, la sala fue ocupada por los seres queridos de la joven, quienes recibieron la resolución entre el dolor y el alivio.
Un fallo histórico para Santa Rosa
Con esta sentencia, se sienta un precedente judicial en Santa Rosa respecto al tratamiento de siniestros viales graves. Si bien no se avanzó en la figura de dolo eventual como solicitaba la querella, el caso expuso la necesidad de castigar con firmeza la conducción temeraria y la violencia vial, con penas efectivas que reconozcan la dimensión del daño causado.
La familia de Lía, encabezada por su madre Alejandra, continuará el camino legal y emocional de una lucha que empezó el mismo día que la tragedia le arrebató a su hija. Hoy, esa lucha tiene una sentencia: cinco años de prisión efectiva para Francisco Roldán.































