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Condenan a prisión perpetua a Fabricio Borges por el femicidio de su ex pareja en Monte Nievas

  • Foto del escritor: La Pampa
    La Pampa
  • 28 nov
  • 3 Min. de lectura

En un fallo categórico y cargado de duras reflexiones sobre la violencia de género, un tribunal de General Pico condenó a prisión perpetua a Fabricio Alberto Borges, de 50 años, por el femicidio de su ex pareja, con quien tenía un hijo de ocho años. El crimen, ocurrido en junio de este año en la localidad de Monte Nievas, fue calificado como homicidio doblemente agravado por el vínculo y por mediar violencia de género, uno de los delitos más severamente penados por la legislación argentina.

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El juicio oral se desarrolló los días 10 y 11 de noviembre, ante un tribunal integrado por los jueces María José Gianinetto, Federico Pellegrino y Marcelo Pagano, con la intervención del fiscal Guillermo Komarofky y la defensora oficial María Soledad Forte.



Una madrugada marcada por la violencia más extrema

Las pruebas reconstruyeron con precisión lo ocurrido durante la madrugada del 28 de junio de 2024. Borges discutió con la víctima dentro de la vivienda que compartían junto a su hijo. En ese contexto, según acreditó la fiscalía, la golpeó reiteradamente y la asfixió con una soga, provocándole la muerte por “asfixia mecánica por ahorcamiento por lazo”, tal como determinó la autopsia.


El crimen se produjo tras una larga historia de violencias previas: económica, física, sexual, psicológica y doméstica, todos tipos contemplados en la Ley 26.485. La fiscalía remarcó que este fue el desenlace de un ciclo de abusos sostenidos en el tiempo y que habían sido impuestos por Borges como forma de sometimiento.



El inicio de la investigación: señales que encendieron todas las alarmas

La investigación comenzó cuando la hermana de la víctima alertó a la policía debido a que no lograba comunicarse con ella y porque, horas antes, había visto a Borges con el rostro rasguñado. Además, la mujer no se presentó a trabajar esa mañana.


Al llegar a la vivienda, los policías observaron inmediatamente heridas lineales en la cara del imputado, quien ofreció relatos contradictorios sobre cómo se había lastimado. Con su autorización, los agentes revisaron el patio y notaron una manta con sangre, ropa femenina colgada y tierra removida junto a dos palas. Ante estas evidencias, Borges fue demorado.



Búsqueda, rastros y un hallazgo estremecedor

La pesquisa avanzó rápidamente. Personal policial especializado y perros adiestrados realizaron un operativo que permitió encontrar restos de sangre de la víctima en la vegetación de la Ruta 102. Finalmente, el cuerpo fue hallado en un zanjón del Camino de la Cruz, enterrado a un metro y medio de profundidad y cubierto con malezas y basura. Presentaba signos claros de estrangulamiento.


Para los jueces, la forma en que intentó ocultar el cuerpo evidenció un profundo desprecio por la vida de la víctima. “Luego de haberlo cambiado de lugar, finalmente lo descartó como si ya no le sirviera”, señalaron en la sentencia.



Un fallo con perspectiva de género y contundentes fundamentos

En su resolución, el tribunal fue enfático al calificar el crimen como una forma extrema de violencia machista. “Este hombre ejerció la violencia más extrema que se puede ejercer contra una mujer: acabar con su vida”, escribieron. Y añadieron que este tipo de hechos “demuestra la violencia estructural que padecen las mujeres en el sistema patriarcal”.


Al momento de establecer la pena, los jueces solo consideraron como atenuante la falta de antecedentes condenatorios. En cambio, detallaron múltiples agravantes:

  • La gravedad del daño causado a la víctima y a toda su familia.

  • La privación del niño de ocho años de la presencia de su madre, estando él mismo en la vivienda cuando ocurrió el crimen.

  • La conducta posterior del imputado, orientada a ocultar el cuerpo.

  • La ausencia total de arrepentimiento, incluso durante la audiencia.


Lo que terminó definiendo la condena –sostuvieron– fue que Borges “solo pretendió justificar en vano su violenta conducta”.



Una sentencia que envía un mensaje claro

La condena a prisión perpetua representa no solo una sanción ejemplar para el responsable del femicidio, sino también un pronunciamiento firme del Poder Judicial sobre la necesidad de visibilizar, prevenir y sancionar la violencia machista en todas sus formas.


El fallo, cargado de análisis y perspectiva de género, pone de relieve que la Justicia pampeana considera estos crímenes como hechos de máxima gravedad social y jurídica, reflejo de una problemática estructural que exige intervención del Estado y de la comunidad.

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