top of page
37c49265-7293-4e89-8a46-e8a7e9bd5e30.gif
CEW-Internet CEW-TV mundial 2026 banner.jpg
cew internet ene 2026 (1).jpeg
cec logo_edited.jpg
MUNI WINI LOGO MAY 2025.jpg
Pizza Los Altos
el centro f5 - lalo furch.jpg

Condenan a un hombre por golpear brutalmente a su hijo menor de edad

  • Foto del escritor: La Pampa
    La Pampa
  • 16 abr
  • 2 min de lectura

Un grave caso de violencia intrafamiliar tuvo resolución judicial en los tribunales de General Pico, donde un hombre de 42 años, oriundo de Intendente Alvear, fue condenado a seis meses de prisión de ejecución condicional tras comprobarse que agredió violentamente a su hijo de 15 años.


El hecho, que generó profundo repudio, ocurrió el 29 de julio de 2024 y fue calificado por la Justicia como “lesiones leves agravadas por el vínculo”, una figura que contempla el agravante por tratarse de una relación paterno-filial.



Una discusión que terminó en violencia extrema

Según se acreditó en el juicio, el episodio se desencadenó luego de una fuerte discusión entre el adolescente y su madrastra por el uso del teléfono celular. Al llegar al domicilio familiar, el padre encontró a su hijo dentro del vehículo y, lejos de intervenir para calmar la situación, reaccionó con una violencia desmedida.


De acuerdo a la reconstrucción de los hechos, el hombre tomó al menor de la campera, lo sacó del auto por la fuerza y, sujetándolo del cabello, le estrelló la cabeza contra el suelo. La agresión no terminó allí: posteriormente lo arrastró hasta el interior de la vivienda, donde continuó golpeándolo con patadas en distintas partes del cuerpo, principalmente en las costillas y los muslos.


Las lesiones fueron corroboradas por profesionales médicos del hospital local, quienes constataron la presencia de hematomas compatibles con la golpiza.



El testimonio del menor, clave en la causa

Uno de los elementos más determinantes del proceso fue la declaración del adolescente, realizada mediante el sistema de Cámara Gesell, una herramienta que permite resguardar la integridad de las víctimas menores de edad.


Durante su testimonio, el joven relató con claridad la agresión sufrida y dejó en evidencia no solo el episodio puntual, sino también un contexto previo de maltrato emocional sostenido. “Lo que se me venía era bravo”, expresó el menor ante los profesionales, anticipando lo que terminaría siendo el ataque.


Además, manifestó sentimientos de abandono y dolor, asegurando que percibía que su padre “no lo quería”, lo que fue considerado por los especialistas como un indicador del daño psicológico acumulado.



la defensa fue desestimada por el juez

En el transcurso del juicio, la defensa del acusado intentó minimizar lo ocurrido, argumentando que solo se habían producido “dos cachetadas” y sugiriendo que las lesiones podían haber sido consecuencia de la práctica deportiva del adolescente.


Sin embargo, el juez rechazó esta versión al considerar que no se correspondía con la evidencia reunida. Los certificados médicos, las pericias psicológicas y la coherencia del relato de la víctima resultaron determinantes para sostener la acusación.



condena y medidas de protección

Además de la pena de prisión en suspenso, el magistrado impuso al condenado una serie de reglas de conducta que deberá cumplir durante dos años. Entre las principales medidas se destaca la prohibición absoluta de acercamiento y contacto con el adolescente, salvo en situaciones estrictamente vinculadas a sus obligaciones como progenitor.


Asimismo, el hombre fue intimado a realizar un tratamiento psicológico orientado a abordar y erradicar sus conductas violentas.


Este caso vuelve a poner en agenda la problemática de la violencia intrafamiliar y la importancia de la intervención judicial y profesional para proteger a las víctimas, especialmente cuando se trata de niños, niñas y adolescentes.


Imagen meramente ilustrativa
Fuente : INFOPICO
cew - publi.jpg
ACA - PUBLI 2025.jpg
plex ago 2023_edited.jpg
fondo blanco.jpg
CEW-Internet CEW-TV mundial 2026 - 400.jpg
bottom of page