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Condenaron a prisión efectiva a un hombre que golpeó al hijo de su expareja

  • Foto del escritor: La Pampa
    La Pampa
  • 28 jul
  • 2 min de lectura

El hecho ocurrió en General Pico y tuvo como víctima a un niño de 9 años. El acusado recibió una pena de cuatro meses de prisión por lesiones leves, luego de que la Justicia homologara un acuerdo de juicio abreviado.


La jueza de control de General Pico, María Jimena Cardoso, condenó a un hombre de 54 años a cuatro meses de prisión de cumplimiento efectivo por haber agredido físicamente al hijo de quien era su pareja, un niño de apenas 9 años.


La sentencia fue dictada en el marco de un acuerdo de juicio abreviado presentado por el fiscal Guillermo Komarofky y los defensores particulares José Luis Bernal y Martina Labarere. La propuesta también contó con la conformidad del padre del menor, quien había denunciado el episodio y participó del proceso como querellante particular, acompañado por las abogadas Alina Acebal y Leticia González.


De acuerdo con la reconstrucción realizada durante la investigación, el hecho ocurrió el 17 de enero de este año, en la vivienda donde el imputado convivía junto a su pareja y el hijo de ella.


En esas circunstancias, el hombre agredió al niño con un golpe dado con la mano. La fuerza del impacto provocó que el pequeño fuera empujado y terminara cayendo sobre una camioneta y un cactus que se encontraba en el lugar.


A partir de las pruebas incorporadas al expediente, la Justicia consideró acreditada la responsabilidad del acusado y lo declaró autor del delito de lesiones leves.

Al momento de fundamentar la resolución, la jueza Cardoso explicó que el acuerdo alcanzado entre las partes establece un límite para el tribunal respecto de la sanción que puede imponer.


“Como lo marca la ley procesal, el acuerdo de las partes es un límite infranqueable para el juzgador en la imposición de penas”, expresó la magistrada en el fallo.


En ese contexto, homologó el juicio abreviado y fijó una condena de cuatro meses de prisión de cumplimiento efectivo para el hombre de 54 años.


La intervención del padre del niño como querellante particular permitió que la familia de la víctima participara activamente del proceso judicial y prestara su consentimiento antes de que se formalizara el acuerdo que puso fin a la causa.


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