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Confirmaron la condena al jefe policial que hizo trabajar a detenidos en su casamiento

  • Foto del escritor: La Pampa
    La Pampa
  • hace 12 minutos
  • 3 Min. de lectura

El Tribunal de Impugnación Penal (TIP) de La Pampa ratificó la condena contra Cristian Martín Galván, el exencargado de la subcomisaría de Lonquimay, por haber hecho que cuatro personas privadas de la libertad trabajaran en su fiesta de casamiento. La resolución, firmada por la jueza María Paola Frigerio y el juez Mauricio Federico Piombi, rechazó todos los planteos de la defensa y confirmó la sentencia dictada en julio por el juez Andrés Aníbal Olié.


Galván fue hallado responsable del delito de abuso genérico de autoridad, previsto en el artículo 248 del Código Penal, que sanciona al funcionario público que infringe los deberes de su cargo. La pena impuesta fue de un año y tres meses de prisión en suspenso, lo que significa que no será encarcelado si cumple ciertas condiciones, además de una inhabilitación para ocupar cargos públicos por el doble del tiempo (dos años y medio). Durante dos años deberá fijar domicilio y estar bajo control del Ente de Políticas Socializadoras.



El casamiento que terminó en escándalo judicial

Los hechos ocurrieron el 31 de mayo de 2024, cuando Galván celebró su boda con un almuerzo en el pub Veneto, ubicado a escasa distancia de la subcomisaría de Lonquimay. Según la investigación, el entonces jefe policial ordenó o gestionó que cuatro internos salieran sin autorización judicial para colaborar en el evento privado.


Los detenidos, identificados como Manuel Urrutia, Claudio Araneda, Denis Álvarez Pérez y Oscar Dante Sánchez, permanecieron en el lugar entre las 9 y las 18 horas, cumpliendo tareas como mozos, limpieza, armado del salón y asado.



Rechazo total al recurso de la defensa

La defensa, a cargo de los abogados Alberto Emanuel Molares y Marcos Bertolotti Fiore, había solicitado la nulidad del fallo por supuesta violación al principio de congruencia, alegando que el acusado fue condenado por una acción cuando había sido acusado por una omisión. También adujeron falta de dolo, insuficiencia probatoria, violación al principio “in dubio pro reo” y una pena desproporcionada.


Sin embargo, el Tribunal de Impugnación descartó cada uno de esos argumentos. Frigerio y Piombi respaldaron el análisis probatorio del juez Olié, destacando la coherencia entre los testimonios de los policías en servicio y los de los propios detenidos, quienes afirmaron que Galván solicitó su colaboración. En cambio, el tribunal consideró comprensible que el juez haya dado menor peso a las declaraciones de familiares del acusado, por su cercanía afectiva.



“La autoridad no se suspende por estar de licencia”

Uno de los puntos centrales de la defensa fue que Galván se encontraba de licencia por matrimonio el día del hecho. El Tribunal respondió que eso no anula sus responsabilidades como máxima autoridad policial, especialmente cuando, según los testimonios, fue él quien organizó y gestionó la salida de los detenidos.


Respecto a la ausencia de registro en el parte diario sobre la salida de los internos, el fallo señaló que no sería lógico esperar que personal subordinado dejara constancia de una orden presuntamente irregular impartida por su superior jerárquico.


El tribunal también desestimó la falta de evidencia digital o pericias, argumentando que la defensa no solicitó esas pruebas durante el juicio y que el cúmulo de testimonios fue suficiente para acreditar los hechos.



Una pena ejemplificadora

Al momento de analizar la pena, el Tribunal avaló el criterio del juez de juicio para aplicarla por encima del mínimo legal, tomando en cuenta agravantes como el riesgo de evasión, la afectación a la seguridad pública, el aprovechamiento de una posición de poder y la vulnerabilidad de las personas detenidas involucradas.


Como atenuante, se consideró la falta de antecedentes penales del imputado.


Con este fallo, el caso del "casamiento con mozos presos" cierra una etapa judicial y deja una fuerte advertencia sobre el abuso de poder dentro de las fuerzas de seguridad, en especial cuando se pone en juego la libertad y la dignidad de personas privadas de derechos.


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