El STJ rechazó la demanda de una escribana destituida por graves irregularidades en La Pampa
- La Pampa

- 8 jul 2025
- 3 Min. de lectura
La Sala C del Superior Tribunal de Justicia de La Pampa (STJ) ratificó la destitución de la escribana Gabriela Edith Bruno, quien había sido cesada en su cargo por cometer múltiples irregularidades en el ejercicio de su función profesional. El máximo tribunal provincial consideró legal y razonable la sanción aplicada y desestimó la demanda contencioso-administrativa presentada por la notaria.

Gabriela Edith Bruno fue removida de su cargo como titular del Registro Notarial Nº 3 de General Acha en abril de 2021 por resolución del Tribunal de Superintendencia Notarial (TSN), a partir de un sumario iniciado por el Colegio de Escribanos de La Pampa. Las imputaciones en su contra incluyeron desde falta de registración de escrituras y asentamiento de constancias falsas, hasta reiteradas demoras en el pago de impuestos y aportes obligatorios, así como irregularidades en la acreditación de representaciones y otorgamiento de escrituras sobre bienes con medidas cautelares vigentes.
Planteo de inconstitucionalidad sin sustento
En su presentación judicial, Bruno solicitó la nulidad de la resolución del TSN, argumentando, entre otros puntos, la inconstitucionalidad de la Ley 49, que regula la actividad notarial en La Pampa, por supuestamente no definir con precisión las faltas y dificultar el ejercicio del derecho de defensa. También alegó que varias de las acusaciones estaban prescriptas, y que las supuestas faltas no causaron perjuicio alguno a terceros. Sostuvo, además, que muchos errores fueron consecuencia de factores ajenos a su voluntad, como retrasos administrativos o falencias de las partes involucradas.
Sin embargo, la Sala C del STJ, integrada por la presidenta María Verónica Campo y el vocal José Roberto Sappa, rechazó categóricamente todos los argumentos de la escribana. En su fallo, el tribunal sostuvo que el procedimiento disciplinario se ajustó a derecho y que se garantizó el pleno ejercicio del derecho de defensa, permitiéndole a Bruno presentar descargos, ofrecer pruebas y formular alegatos.
Faltas graves que comprometen la fe pública
El tribunal también descartó el argumento de la prescripción. Afirmó que el sumario se inició dentro de un plazo razonable, incluso bajo un criterio amplio que contempla hasta cinco años desde la detección de las irregularidades. Además, avaló la valoración realizada por el TSN, al considerar acreditadas las faltas profesionales.
Entre las más destacadas, se señalaron:
Falta de registración oportuna de escrituras públicas.
Inserción de notas falsas de registración en documentos notariales.
Incumplimiento reiterado en el pago de tributos y aportes al sistema notarial.
El fallo remarcó que estas conductas configuran faltas graves, ya que afectan directamente la función fedataria y ponen en riesgo la fe pública, principios esenciales de la función notarial. Además, subrayó que el régimen disciplinario no exige la existencia de un perjuicio concreto a terceros para aplicar una sanción, ya que se trata de proteger estándares éticos y de legalidad.
Sin margen para una pena menor
Bruno había solicitado ser eximida de toda sanción o, en su defecto, recibir una pena menor. Pero el STJ concluyó que no había motivos para modificar la sanción de destitución, y recordó que el control judicial sobre este tipo de decisiones se limita a revisar la legalidad y razonabilidad del acto administrativo, sin reemplazar el criterio técnico de los órganos competentes.
Como corolario, el Superior Tribunal rechazó la demanda contencioso-administrativa, impuso las costas del proceso a la actora y reguló honorarios para los abogados intervinientes.































