Fallo histórico: una madre podrá permanecer 15 años en la vivienda familiar tras separarse de su pareja
- La Pampa

- 3 mar
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En un precedente clave para la justicia pampeana, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa ratificó un fallo que otorga la atribución de la vivienda familiar a una madre hasta que sus hijos alcancen la mayoría de edad.

El caso cobra relevancia no solo por la extensión del período, 15 años en total, sino porque la sentencia sienta un criterio innovador al establecer que los hijos de uniones convivenciales no deben ser tratados con menos derechos que los hijos nacidos en un matrimonio.
📌 La disputa judicial y el argumento de la expareja
La mujer, que no estaba casada con su expareja, acudió a la justicia para reclamar su derecho a permanecer en la vivienda familiar junto a sus hijos menores.
Por su parte, el padre de los niños apeló la decisión de la jueza de primera instancia bajo los siguientes argumentos:
🔴 El Código Civil y Comercial establece un límite de dos años para la atribución de la vivienda a un conviviente luego de la separación (Artículo 526).
🔴 La madre no tenía el cuidado exclusivo de los hijos.
🔴 No se comprobó la situación de vulnerabilidad económica de la mujer.
🔴 Se limitó su derecho de propiedad sin fijar una compensación económica.
Sin embargo, la Cámara de Apelaciones rechazó todos los planteos y ratificó el fallo original, garantizando el derecho de la madre y sus hijos a permanecer en el hogar familiar.
📖 La decisión de la Justicia: el interés de los niños por sobre el Código Civil
Los jueces Guillermo Salas y Carina Ganuza argumentaron en su resolución que los límites del Código Civil no pueden aplicarse de manera automática cuando afectan el interés superior de los niños.
🗣️ “El plazo previsto por el artículo 526 no resulta razonable, configurándose un trato discriminatorio para los hijos nacidos de una unión convivencial respecto de aquellos nacidos en un matrimonio. Por eso confirmaremos la declaración de inaplicabilidad del límite de dos años, garantizando el interés superior de los niños hasta que alcancen la mayoría de edad”, sostuvieron los magistrados.
De esta manera, se priorizó el derecho de los niños a una estabilidad habitacional, por encima de la diferenciación legal entre uniones convivenciales y matrimoniales.
🔍 ¿Por qué este fallo es tan importante?
✔️ Crea un precedente en la justicia pampeana: hasta ahora, en casos de separaciones sin matrimonio legal, el plazo de uso de la vivienda era de solo dos años. Con esta sentencia, se amplía drásticamente el período cuando hay hijos menores de por medio.
✔️ Refuerza el principio del interés superior del niño, en línea con la Convención de los Derechos del Niño y la Ley 26.061 de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes.
✔️ Reconoce la vulnerabilidad económica de la mujer, quien dependía laboralmente de su expareja y debe reinsertarse en el mercado de trabajo.
🏡 Justicia con perspectiva de género y derechos de la infancia
Este fallo marca un camino en la justicia pampeana al brindar protección integral a las mujeres en situación de vulnerabilidad y garantizar el derecho de los niños a crecer en un entorno estable.
💬 ¿Qué opinás de esta decisión judicial? ¿Creés que se deberían revisar otras normativas para proteger mejor a los hijos de uniones convivenciales?.






























