top of page
715X115 - Prev Dengue - Girá-Tapá-Limpiá.gif
PARQUE ACUATICO LOGO 25_26 2.jpg
DEPORTIVO WINIFREDA.jpg
cec logo_edited.jpg
MUNI WINI LOGO MAY 2025.jpg
Pizza Los Altos
Correo Publi.jpg

Martín Ardohain presentó un proyecto para regular la eutanasia y la asistencia médica para morir en Argentina

  • Foto del escritor: La Pampa
    La Pampa
  • 12 nov 2025
  • 3 Min. de lectura

El diputado nacional Martín Ardohain (Pro) presentó en el Congreso de la Nación un ambicioso proyecto de ley que busca abrir uno de los debates más profundos de la sociedad contemporánea: la regulación de la eutanasia y la asistencia médica para morir, conocida también como “muerte digna”.


La iniciativa, titulada “Ley de Regulación de la Eutanasia y la Asistencia Médica para Morir”, propone un marco legal que garantice el derecho de las personas a decidir sobre el final de su vida cuando atraviesen sufrimientos físicos o psíquicos que consideren insoportables.


“Se trata de un tema profundamente humano, vinculado con la libertad, la autonomía y la dignidad de cada persona”, expresó Ardohain al presentar el proyecto, destacando que la propuesta busca “llenar un vacío legal” y “ofrecer un marco normativo claro” que brinde seguridad jurídica tanto a los pacientes como a los profesionales de la salud.


Un marco legal para la decisión más íntima

El texto plantea que toda persona mayor de 16 años podrá solicitar la práctica de la eutanasia o la muerte asistida, mientras que los menores de esa edad deberán contar con la autorización de sus padres o tutores, además de una evaluación médica y psicológica que confirme la comprensión de la decisión.


Según el proyecto, la eutanasia se define como un procedimiento médico en el que un profesional administra los medios necesarios para causar la muerte de una persona, previa solicitud libre, informada y documentada. En tanto, la muerte asistida implica que el propio paciente realiza el acto final, con la prescripción y supervisión médica correspondiente.


Ambos mecanismos se orientan a personas que padecen enfermedades graves e incurables o sufrimientos irreversibles que provocan un deterioro severo de su calidad de vida.



Condiciones y derechos reconocidos

El proyecto establece que el solicitante debe:

  • Padecer una enfermedad incurable o un sufrimiento físico o psíquico grave e intolerable.

  • Haber sido informado de su diagnóstico, pronóstico y todas las alternativas terapéuticas disponibles, incluidos los cuidados paliativos.

  • Ser ciudadano argentino o extranjero con residencia legal de al menos 12 meses.

  • Formular una solicitud libre, consciente y sin presiones externas.


Además, se incorpora la figura de la “voluntad anticipada”, que permitirá a cualquier persona dejar constancia legal de su deseo de acceder a la eutanasia o la muerte asistida en caso de perder la capacidad de decidir o encontrarse inconsciente. Estas directivas deberán formalizarse por escrito ante escribano público o juez, y podrán ser modificadas o revocadas en cualquier momento.



Procedimiento y control

La solicitud deberá presentarse por escrito y será evaluada por un equipo médico interdisciplinario, que verificará el cumplimiento de los requisitos legales, éticos y clínicos. Posteriormente, el paciente deberá reafirmar su voluntad antes de la realización del procedimiento.


El proyecto fija un plazo máximo de 60 días desde la solicitud hasta la ejecución del acto, con posibilidad de reducción si el estado de salud del paciente es crítico. También se garantiza el derecho a revocar la decisión en cualquier momento, sin necesidad de cumplir formalidades.


Para asegurar la transparencia, se prevé la creación de una comisión de control y auditoría, dependiente del Ministerio de Salud de la Nación, que será la autoridad de aplicación encargada de la supervisión, el registro de casos y la capacitación del personal de salud.



Objeción de conciencia y garantías institucionales

El texto reconoce el derecho a la objeción de conciencia de los profesionales de la salud, quienes podrán abstenerse de participar en el procedimiento por razones éticas o personales. Sin embargo, las instituciones médicas deberán garantizar la continuidad del proceso designando a otros profesionales, evitando demoras o impedimentos en el ejercicio del derecho del paciente.



Cambios legales y espíritu de la iniciativa

El proyecto incluye modificaciones a la Ley de Derechos del Paciente N.º 26.529 y al Código Penal, de modo que la asistencia médica para morir deje de considerarse delito cuando se realice dentro del marco legal establecido.


“En la actualidad, nuestra legislación permite rechazar tratamientos que prolongan artificialmente la vida, pero no reconoce el derecho a solicitar ayuda médica para morir de forma digna y controlada”, explicó Ardohain. “Esta ley pretende subsanar ese vacío y garantizar que cada persona pueda decidir sobre su propio destino”.



Inspiración y debate internacional

La propuesta sigue los pasos de legislaciones vigentes en países como España, Bélgica, Uruguay y Países Bajos, donde la eutanasia es legal bajo estrictos protocolos médicos y éticos.


Con esta presentación, el legislador pampeano busca abrir un debate profundo sobre la libertad individual, el final de la vida y la dignidad humana, temas que trascienden lo político y tocan el corazón de la ética contemporánea.


“Hablar de eutanasia no es hablar de muerte, sino de respeto —concluyó Ardohain—. Respeto por la autonomía de cada persona y por su derecho a decidir cuándo el sufrimiento deja de ser vida.”

cew - publi.jpg
ACA - PUBLI 2025.jpg
plex ago 2023_edited.jpg
fondo blanco.jpg
PARQUE ACUATICO LOGO 25_26.jpg
bottom of page