Tierras en manos extranjeras: el debate que La Pampa no puede mirar de lejos

La flexibilización de los límites a la compra de campos vuelve a enfrentar dos ideas de desarrollo. En una provincia donde la tierra sostiene buena parte de la economía y de la vida de los pueblos, la discusión exige datos, controles y definiciones políticas.

En La Pampa, hablar de tierra es hablar del trabajo de una familia, del movimiento de un pueblo, de la actividad de una cooperativa y de las posibilidades de quienes quieren seguir viviendo en el campo. Por eso, la extranjerización de las tierras rurales merece una discusión que vaya más allá de las consignas. Lo que se decide puede influir durante décadas sobre la producción, el acceso a los recursos y la distribución del poder económico.
El tema volvió al centro de la agenda después del fallo de la Corte Suprema del 29 de septiembre. El tribunal revocó la sentencia que había frenado la derogación de la Ley de Tierras Rurales, dispuesta por el artículo 154 del DNU 70/2023. Resolvió que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata no tenía legitimación para promover aquella demanda. No se pronunció sobre la constitucionalidad de la derogación, aunque la decisión removió el freno judicial que se discutía en esa causa.[1]
Esa diferencia jurídica tiene una consecuencia política concreta: el Gobierno nacional recuperó margen para avanzar con su política de apertura. Y el Congreso vuelve a quedar bajo presión para resolver una discusión que no debería depender exclusivamente del recorrido de un expediente.
La ley sancionada en 2011 fijaba un techo del 15% para la titularidad o posesión extranjera de tierras rurales, computado también a escala provincial y local. Además, establecía límites por nacionalidad y por titular, con un máximo de mil hectáreas en la zona núcleo o su equivalente en otras regiones, y restricciones sobre inmuebles con determinados cuerpos de agua.[2]
El argumento a favor de flexibilizar esas condiciones es conocido: facilitar el ingreso de capitales y atraer inversiones. Es una aspiración atendible. Pero comprar un campo y desarrollar una inversión productiva son decisiones que conviene evaluar por separado. Una transferencia de propiedad, por sí sola, no garantiza nuevos empleos, mayor producción ni beneficios duraderos para la localidad donde se realiza.
La política pública debería pedir resultados verificables: qué se producirá, cuántos puestos de trabajo habrá, cómo se cuidará el ambiente y qué vínculos se establecerán con proveedores y trabajadores de la zona. Esas preguntas tienen sentido cualquiera sea la nacionalidad del comprador.
Los números permiten dimensionar el asunto. Según los registros actualizados a agosto de 2025, difundidos por la prensa pampeana, Argentina tenía unas 13,26 millones de hectáreas rurales en manos extranjeras, equivalentes al 4,97% de la superficie rural relevada. Para La Pampa, el registro consignaba 345.811 hectáreas, un 2,42%.[3]
La provincia, entonces, estaba por debajo del promedio nacional. Sería irresponsable describir esos datos como si mostraran una extranjerización generalizada del territorio pampeano. También sería un error utilizarlos para descartar cualquier necesidad de vigilancia.
Dentro de La Pampa aparecen diferencias relevantes: Atreucó registraba un 7,44%, con alrededor de 26.587 hectáreas en manos extranjeras, y Loventué un 5,77%, con unas 53.278 hectáreas. Ambos superaban el promedio nacional, aunque permanecían por debajo del techo del 15% que establecía la ley.[3] Superar un promedio estadístico no equivale a infringir una norma.
El investigador Matías Oberlin, integrante del Observatorio de Tierras, volvió a advertir este 6 de octubre sobre Atreucó y sobre la necesidad de observar los recursos presentes en los territorios adquiridos.[4] Su planteo pone sobre la mesa un criterio central: la cantidad de hectáreas debe analizarse junto con su ubicación, sus características y los bienes a los que permiten acceder.
Una proporción provincial relativamente baja puede convivir con concentraciones importantes en zonas determinadas. El Observatorio identificó 36 departamentos del país por encima del 15%.[5] Ese dato exige estudiar cada situación y su historia: el porcentaje, por sí solo, tampoco demuestra que todas las adquisiciones hayan sido ilegales.
Para La Pampa, la discusión tiene una sensibilidad particular. El acceso al agua y el futuro productivo del territorio forman parte de las preocupaciones de la provincia. La compra privada de un inmueble no convierte al comprador en dueño de la jurisdicción argentina; aun así, la concentración de superficies puede aumentar su capacidad de influir en decisiones económicas y en las condiciones de acceso a determinados lugares y recursos. Allí debe estar presente un Estado capaz de controlar.
La reacción institucional ya comenzó. El Rectorado de la Universidad Nacional de La Pampa expresó su rechazo al fallo mediante la Resolución 488/2026, dictada ad referéndum del Consejo Superior, y manifestó preocupación por los recursos estratégicos y los procesos de extranjerización y concentración de tierras.[6] La intervención universitaria aporta una responsabilidad adicional: sostener el debate con información pública y conocimiento técnico.
En términos políticos, el asunto puede incomodar a distintos espacios. Para el oficialismo nacional, abre una tensión entre la desregulación que promueve y las demandas de protección de recursos. Para la oposición, supone la obligación de acompañar sus advertencias con propuestas concretas. Y para los partidos pampeanos, exige explicar qué posición adoptarán cuando una decisión nacional tenga consecuencias sobre el territorio que representan.
Defender la tierra debería traducirse en catastros actualizados, información sobre quién controla las sociedades compradoras, seguimiento de las transferencias y protección efectiva de los recursos. También en oportunidades para que los productores locales puedan invertir y sostener sus establecimientos. Una declaración de preocupación pierde fuerza si no se convierte en gestión.
Conviene, además, mantener unidos dos debates: extranjerización y concentración. La nacionalidad del propietario es una variable relevante, pero no alcanza para describir todos los desequilibrios. Un mercado dominado por pocos grandes propietarios puede dificultar el acceso a la tierra de nuevos productores, incluso cuando esos dueños sean argentinos.
La Pampa necesita inversiones que ayuden a producir y a sostener la vida de sus pueblos. Tiene razones para exigir reglas claras sobre un recurso limitado, del que dependen generaciones enteras. La responsabilidad política consiste en acordar esas reglas antes de que la concentración del territorio reduzca las opciones disponibles. Porque una escritura cambia de manos en un día; sus efectos sobre una comunidad pueden durar mucho más.
Fuentes
TN, 29/09/2026: https://tn.com.ar/politica/2026/09/29/la-corte-revoco-el-fallo-que-declaro-inconstitucional-la-derogacion-de-la-ley-de-tierras/
Ley 26.737, texto original: https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/192150/texto
La Arena, 10/01/2026, datos del registro actualizados a agosto de 2025: https://www.laarena.com.ar/la-pampa/tierras-en-manos-extranjeras-dos-departamentos-por-encima-del-promedio-202611020500
Diario Textual, 06/10/2026: https://diariotextual.com/inicio/index.php/2026/10/06/extranjerizacion-de-tierras-investigador-advirtio-sobre-el-nivel-que-alcanza-en-un-departamento-de-la-pampa/
IESYH-CONICET, presentación del mapa del Observatorio: https://iesyh.conicet.gov.ar/observatorio-de-tierras/
Plan B Noticias, 01/10/2026: https://www.planbnoticias.com.ar/index.php/2026/10/01/extranjerizacion-de-tierras-la-unlpam-rechazo-el-fallo-de-la-corte-suprema/



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