Condenaron a tres años de prisión en suspenso al hombre que mató a “Tomasito”, el caballo de paseo de niños

Ricardo Daniel Brañas admitió haber matado y faenado al animal de la familia Quiroga en General Acha. La sentencia incluye la prohibición de acercarse a la damnificada y la obligación de realizar una capacitación en Derecho Animal.

La Justicia de General Acha condenó a Ricardo Daniel Brañas, de 28 años, a tres años de prisión en suspenso por matar y faenar a “Tomasito”, un caballo que era utilizado para paseos de niños y niñas. El animal pertenecía a la familia Quiroga y se encontraba en el stud “El Remate”, ubicado en un predio municipal al norte de la ciudad.
La jueza de control Laura Moscoso Mendieta homologó un acuerdo de juicio abreviado y declaró a Brañas culpable del delito de abigeato. El acusado reconoció la autoría del hecho y aceptó la pena convenida entre el fiscal Héctor David López y la defensora oficial Nydia Beatriz Conde. La damnificada también prestó su consentimiento después de ser informada sobre los alcances del acuerdo.
La condena es de cumplimiento condicional, por lo que no implica el ingreso efectivo a prisión. Durante tres años, Brañas deberá respetar una serie de reglas de conducta, entre ellas restricciones de acercamiento y contacto con la damnificada y su familia.
El hecho ocurrió el 28 de septiembre del año pasado, cuando Brañas ingresó al predio situado sobre la ruta nacional 152, a la altura del kilómetro 30, donde funciona el stud. Según se tuvo por probado en la causa, allí mató y faenó a “Tomasito”, presumiblemente mediante el uso de cuchillos.
El caballo era mestizo, pesaba aproximadamente 500 kilos y estaba valuado en 10 millones de pesos. Además de esos datos incorporados al expediente, tenía un lugar en la vida de la familia Quiroga como animal de paseo para los más chicos.
La investigación estableció que Brañas se llevó parte de la carne y dejó los demás restos en el lugar. Luego la trasladó a pie hasta la vivienda de una persona que también estuvo imputada en la causa y, posteriormente, a su propio domicilio.
Durante el allanamiento a su casa se secuestraron cuchillos que habrían sido utilizados en el hecho, un par de medias y una mochila con manchas de sangre. También se encontraron un trozo de carne que sería de origen equino y otro que estaba enterrado en el patio.
El reconocimiento del acusado no fue el único elemento considerado para dictar la condena. La jueza también valoró las declaraciones del denunciante y de varios testigos, los rastros encontrados en el predio, los resultados del allanamiento y un informe técnico veterinario. Entre las pruebas se incluyó, además, una captura de pantalla de un perfil de Facebook identificado como “Cache Brañas”.
Al fundamentar la sentencia, Moscoso Mendieta explicó que la pena acordada se encuentra dentro de la escala prevista para el delito, que contempla entre dos y seis años de prisión. También señaló que el Código Procesal Penal de La Pampa le impide imponer una pena superior a la convenida en el acuerdo abreviado.
Respecto del cumplimiento en suspenso, la magistrada indicó que Brañas podía acceder a esa modalidad por no contar con antecedentes penales.
Durante el plazo fijado, el condenado deberá presentarse mensualmente ante el Ente de Políticas Socializadoras. Tampoco podrá concurrir al stud “El Remate” ni al domicilio de la damnificada, y tendrá prohibido mantener cualquier tipo de contacto con ella o con su grupo familiar.
La resolución incorpora, además, una obligación vinculada con la protección de los animales: realizar la capacitación en Derecho Animal que dicta el Instituto de Derecho Animal de la Asociación de Abogados de San Martín.



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