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El gobernador Ziliotto anunció medidas impositivas para paliar la difícil situación

  • Foto del escritor: Winifreda
    Winifreda
  • 27 mar 2020
  • 2 Min. de lectura
PRORROGAN EL PAGO DE LAS PATENTES, EL INMOBILIARIO URBANO Y LOS INGRESOS BRUTOS

Sergio Ziliotto anunció hoy en conferencia de prensa las medidas dispuestas para paliar la difícil situación que atraviesan los contribuyentes que desarrollan distintas actividades económicas.

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El mandatario, junto a los ministros de Hacienda y Finanzas, Ernesto Franco y de Salud, Mario Kohan, detalló las medidas impositivas adoptadas, se refirió a la situación financiera de la Provincia y también al cuadro sanitario relacionado a la epidemia de COVID-19.


Estas medidas se destinan a los vencimientos más próximos, abocándose las áreas del Gobierno pertinentes al estudio de alternativas para los futuros meses, ante diferentes escenarios posibles de desenlace de la crisis derivada de la #pandemia generada por el coronavirus COVID-19.


En este sentido, se informa que se decidió prorrogar el vencimiento de la segunda cuota del Impuesto a los Vehículos originado por la titularidad de automóviles y camionetas cuya valuación fiscal, fijada por Ley Impositiva 2020 –Ley 3210-, no supere la suma de $ 400.000.


Idéntico tratamiento recibirán los contribuyentes que deban abonar el impuesto respecto de camiones cuya valuación fiscal no supere la suma de $ 800.000 y/o por transporte público de pasajeros sin límite de valuación fiscal.


Asimismo, se prorrogará al 7 de octubre el vencimiento del Impuesto Inmobiliario Urbano y Suburbano a aquellos contribuyentes cuyas valuaciones fiscales, consideradas en conjunto, no superen la suma de 481.938 pesos. Superado este monto, el beneficio no se aplicará a ninguno de los inmuebles en los que participe el contribuyente. La valuación consignada equivale a dos veces el menor tramo de escala de tributación del impuesto y beneficia a más de 60.000 contribuyentes.


La totalidad de las medidas antes enunciadas no alcanzan a los contribuyentes titulares de inmuebles rurales.


En relación al Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, se prevé otorgar para los Contribuyentes Obligados Directos, un crédito fiscal equivalente al saldo a pagar resultante de las declaraciones juradas cuyo vencimiento opere en el mes de abril de 2020, el cual actuará como un préstamo a tasa cero que deberá ser reintegrado por el contribuyente en doce cuotas mensuales durante el año fiscal 2021.


El beneficio fiscal no alcanzará a las actividades relacionadas con la prestación de servicios públicos ni a los servicios de telecomunicaciones, a la actividad financiera y demás servicios financieros y de seguros, a los servicios inmobiliarios, a las actividades primarias y ni a sus servicios conexos. Tampoco serán de aplicación para los contribuyentes que se dediquen al expendio, al por mayor y menor, de alimentos y bebidas en general, de medicamentos y otros productos farmacéuticos y aquellos cuyas ventas estén dirigidas a los sectores no alcanzados antes detallados.



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