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El IPAV rescindió la tenencia de tres viviendas sociales y avanzó con nuevas intimaciones en La Pampa

Foto del escritor: La Pampa
La Pampa
hace 2 horas
4 min de lectura

Las viviendas que serán recuperadas están ubicadas en Santa Rosa, Eduardo Castex y 25 de Mayo. Las resoluciones se fundamentan en la falta de ocupación efectiva y, en dos casos, también en deudas por cuotas. Además, el organismo intimó a presuntos herederos y adjudicatarios de General Pico, Parera, Realicó y Villa Mirasol.


El Instituto Provincial Autárquico de Vivienda (IPAV) continúa avanzando sobre situaciones irregulares detectadas en viviendas sociales de distintos puntos de La Pampa. En esta oportunidad, el organismo dispuso la rescisión de las actas de tenencia precaria de tres unidades habitacionales ubicadas en Santa Rosa, Eduardo Castex y 25 de Mayo, mientras abrió o continuó actuaciones sobre otros inmuebles de General Pico, Parera, Realicó y Villa Mirasol.


Las medidas fueron dadas a conocer a través del Boletín Oficial de La Pampa publicado el 23 de octubre y tienen como denominador común el incumplimiento de algunas de las obligaciones que acompañan a la adjudicación de una vivienda social: habitarla de manera efectiva y permanente y cumplir con el pago de las cuotas correspondientes.


En los tres casos donde ya se resolvieron las rescisiones, el IPAV quedó además autorizado a recuperar la posesión de los inmuebles.



Eduardo Castex: rescindieron una adjudicación realizada en 2015

Una de las medidas alcanza a una vivienda del Plan Plurianual de Construcción de Viviendas-Reconversión, ubicada en Eduardo Castex.


Mediante la Resolución Administrativa 20/26-IPAV, fechada el 12 de febrero de este año, el organismo dispuso rescindir el acta de tenencia precaria correspondiente a la vivienda 32, adjudicada a Lucrecia Pamela Gatica y Luis Ezequiel Dagnino.


La decisión se fundamentó en dos incumplimientos: la falta de ocupación efectiva del inmueble y la falta de pago de las cuotas de amortización.


La resolución también dejó sin efecto la adjudicación que había sido realizada en 2015 y autorizó al organismo provincial a tomar posesión de la unidad habitacional, conforme a las disposiciones legales vigentes.



Santa Rosa: falta de ocupación y cuotas impagas

Otra de las viviendas que será recuperada se encuentra en Santa Rosa.


Se trata de la unidad 454 del Plan Federal de Construcción de Viviendas Techo Digno 2015, Zona E, cuya titular es María Soledad Torres.


A través de la Resolución Administrativa 552/2026, del 29 de septiembre, el IPAV resolvió rescindir el acta de tenencia precaria debido a la falta de ocupación efectiva y permanente de la propiedad y al incumplimiento en el pago de las cuotas de amortización.


La decisión también habilita al Instituto a tomar posesión de la vivienda.



Una vivienda de 25 de Mayo también será recuperada

El tercer caso corresponde a una vivienda social de la localidad de 25 de Mayo.


Mediante la Resolución Administrativa 195/2026, fechada el 7 de mayo, el IPAV dejó sin efecto el acta de tenencia precaria de la vivienda 8 del Plan FO.NA.VI I, que había sido suscripta en 1996 con Emilio Leonardo Mikelovich.


A diferencia de los dos casos anteriores, la causal señalada en esta resolución es la falta de ocupación efectiva y permanente del inmueble.


El organismo provincial también quedó autorizado a recuperar la posesión de la unidad habitacional.



Intimaciones a herederos por viviendas de General Pico

Las publicaciones oficiales no se limitan a las tres rescisiones. También incluyen una serie de intimaciones a presuntos herederos de adjudicatarios originales para que regularicen deudas, titularidades y situaciones de ocupación.


En General Pico, el IPAV intimó a quienes resulten herederos de Margarita Ester Rodríguez y Raimundo García Arrieta, titulares originales de la vivienda 265 del Plan FO.NA.VI. 3000, Zona 19.


Los interesados tendrán diez días hábiles desde la última publicación para regularizar la deuda. Si no comparecen ni ejercen su derecho de defensa, el organismo podrá resolver las actuaciones sin su intervención y posteriormente iniciar las acciones judiciales correspondientes.


También en General Pico se notificó a los presuntos herederos de Pacífico Nieto y Francisco Alfonso, titulares originales de la vivienda 82 del Plan 5000 Viviendas, Zona 5, primera etapa.


En este expediente existe un incumplimiento de pago que deberá ser regularizado dentro de los diez días hábiles posteriores a la última publicación. De persistir la situación, el IPAV podrá avanzar por la vía legal.



Parera y Realicó: deberán regularizar titularidades y obligaciones

En Parera, la notificación está dirigida a los presuntos herederos de Ceferino Cruz Velázquez, titular original de la vivienda 9 del Plan FO.NA.VI. 3000.


El IPAV les otorgó diez días hábiles desde la recepción de la notificación para presentar la documentación necesaria y avanzar con la regularización de la titularidad. Quienes acrediten su condición de herederos deberán asumir también las obligaciones vinculadas al pago y a la ocupación del inmueble.


Si no se cumple con el requerimiento, el organismo advirtió que podrá avanzar con el correspondiente acto administrativo de rescisión.


Una situación similar se presenta en Realicó con la vivienda 88 del Plan Plurianual, tercera etapa, año 2012, cuya titular original es Virginia Noemí Daffara.


En este caso, los presuntos herederos deberán regularizar tanto la situación de pago como la ocupación de la propiedad dentro de un plazo de diez días hábiles. De no hacerlo, las actuaciones podrán continuar hasta una eventual rescisión.



Villa Mirasol: deberá explicar por qué no ocupa la vivienda

Otro expediente alcanza a Villa Mirasol, donde el IPAV intimó a Erica Yael Schwerdt, titular de la vivienda 9 del Plan Plurianual de Construcción de Viviendas, tercera etapa, año 2012.


La adjudicataria deberá presentar por escrito las pruebas y explicaciones que considere pertinentes ante la presunta falta de ocupación efectiva y permanente de la vivienda y la existencia de deuda.


Para hacerlo tendrá un plazo de diez días hábiles desde la última publicación. Si no ejerce su derecho de defensa, el IPAV podrá continuar el procedimiento administrativo y eventualmente disponer la rescisión.



Controles sobre la ocupación y el pago de las viviendas sociales

Las nuevas publicaciones vuelven a poner el foco sobre dos obligaciones centrales para quienes acceden a una vivienda social: ocupar efectivamente el inmueble y cumplir con las cuotas establecidas.


En esta oportunidad, tres procedimientos ya llegaron a la instancia de rescisión y habilitan al IPAV a recuperar viviendas en Santa Rosa, Eduardo Castex y 25 de Mayo. Los restantes todavía atraviesan distintas etapas administrativas, por lo que los involucrados conservan los plazos establecidos para regularizar su situación o ejercer su derecho de defensa.



De esta manera, el organismo provincial continúa revisando adjudicaciones y tenencias en distintas localidades pampeanas, con actuaciones que pueden ir desde una intimación para ponerse al día hasta la rescisión y posterior recuperación de la vivienda cuando los incumplimientos no son subsanados.

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