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El Superior Tribunal de Justicia confirmó las condenas por falsificación y cohecho en la causa Rigutto: rechazaron todos los recursos de casación

  • Foto del escritor: La Pampa
    La Pampa
  • 13 oct 2025
  • 3 Min. de lectura

El escándalo judicial que salpicó al ámbito médico y forense pampeano sumó este lunes un nuevo capítulo: el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de La Pampa declaró inadmisibles los recursos de casación presentados por Jorge Rigutto, Juan Carlos Toulouse y Ariel Facundo Farías González, confirmando así las condenas impuestas en la causa por falsificación de documentos y cohecho, en el marco de un entramado fraudulento que intentó garantizar la prisión domiciliaria del médico cirujano Rigutto en una causa por abuso sexual.


La resolución fue firmada por los ministros María Verónica Campo y José Roberto Sappa, quienes avalaron los fundamentos del Tribunal de Impugnación Penal (TIP) y rechazaron de plano los cuestionamientos formulados por las defensas de los tres condenados.



Una organización para burlar a la Justicia

Según los fallos anteriores, los tres médicos formaban parte de una organización dedicada a la elaboración de certificados médicos truchos que buscaban evitar la revocación de la prisión domiciliaria de Rigutto en una causa de alto voltaje social y judicial. Los delitos, que involucraron una clara intencionalidad de manipular decisiones judiciales, fueron acreditados con contundentes pruebas documentales y registros de audios, según concluyeron tanto el Tribunal de Juicio como el TIP.


El STJ ratificó que el cirujano Jorge Luis Rigutto es autor de cinco hechos de falsificación material de documento privado, en concurso real con cohecho activo agravado, y deberá cumplir una condena de cuatro años de prisión efectiva más una multa de tres millones de pesos. Esta pena había sido unificada previamente por el TIP, al sumarse a una condena anterior por coacción contra una mujer.


En el caso del forense Juan Carlos Toulouse, la Corte provincial también confirmó la pena de cuatro años de prisión efectiva, inhabilitación perpetua para ejercer la función pública y una multa de tres millones de pesos, por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público en concurso ideal con tráfico de influencias agravado. Actualmente, Toulouse cumple la condena bajo prisión domiciliaria, una medida otorgada por un juez de primera instancia que fue duramente cuestionada por la fiscalía.


Por su parte, el médico Ariel Facundo Farías González fue condenado a un año y seis meses de prisión en suspenso y a igual período de inhabilitación especial para ejercer la medicina, tanto en el ámbito público como privado, como partícipe necesario de la falsificación de documento privado en una oportunidad.



Rechazo a los argumentos defensivos

Las defensas de los condenados —encabezadas por Marcos Paz y Vanessa Ranocchia Ongaro (Rigutto), Mauricio Sebastián Moreno (Toulouse) y Benjamín Ortíz (Farías González)— presentaron recursos de casación cuestionando la existencia de los delitos, la validez de las pruebas, y acusando arbitrariedad en las sentencias previas. Alegaron, entre otros puntos, que no se probó la autoría de las firmas falsas, que los audios no mencionaban explícitamente al juez supuestamente influenciado, y que no existía perjuicio concreto en los hechos imputados.


Sin embargo, la Sala B del STJ fue categórica: los argumentos fueron considerados como meros intentos de revalorizar las pruebas, una instancia que no corresponde al recurso de casación, cuya función es revisar cuestiones de derecho y aplicación de la ley, no los hechos probados.


La revisión fue completa e integral, enfatizaron Campo y Sappa, al rechazar la idea de una supuesta afectación al principio de congruencia. Asimismo, recordaron que la errónea aplicación de la ley sustantiva solo puede alegarse cuando se aplica una norma equivocada o se interpreta de forma arbitraria, algo que —según los ministros— no ocurrió en este caso.



Una causa que deja secuelas profundas

Con esta resolución, el máximo tribunal pampeano deja firme uno de los fallos más resonantes de los últimos años, que expuso una red de complicidades entre profesionales de la salud y funcionarios judiciales para interferir en decisiones penales clave. La confirmación de las condenas marca un precedente contundente sobre los límites éticos y legales en el ejercicio profesional dentro del Poder Judicial y en la medicina.


Ahora, con la vía casatoria agotada, los tres condenados deberán cumplir sus penas tal como fueron dictadas. Si bien podrían intentar recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, los antecedentes y la solidez argumentativa del STJ complican seriamente las chances de revertir el fallo.


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