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Madre recibe probation por inasistencias reiteradas de su hijo a la escuela

  • Foto del escritor: La Pampa
    La Pampa
  • 13 mar
  • 2 Min. de lectura

Una madre de 42 años fue beneficiada con la suspensión del proceso a prueba, más conocido como probation, por el plazo de seis meses, tras comprobarse que su hijo acumuló 59 inasistencias injustificadas y discontinuas durante el ciclo lectivo 2023 y 48 inasistencias injustificadas y 37 en contraturno en el ciclo lectivo 2024.

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La resolución fue firmada por el juez en lo contravencional de Santa Rosa, Pablo Andrés De Biasi, luego de que la fiscala Natalia Verónica Urruti, la defensora pública Vanesa Liliana Ortiz y la madre acordaran la aplicación de esta salida alternativa.


¿En qué consiste la probation?

La suspensión del juicio a prueba es un beneficio que se otorga a una persona imputada en una contravención siempre y cuando no registre condenas previas, cuente con el consentimiento del Ministerio Público Fiscal, y cumpla con las condiciones impuestas. Si durante el plazo de seis meses la madre respeta las exigencias, la acción penal quedará extinguida.


Condiciones impuestas por la Justicia

Para mantener el beneficio, la mujer deberá:

  • No cometer nuevas infracciones.

  • Fijar residencia y comunicar cualquier cambio a la fiscalía.

  • Garantizar que su hijo no vuelva a incurrir en inasistencias injustificadas.

  • Presentar la constancia de matriculación y alumno regular del ciclo lectivo 2025.


Además, la mujer –una enfermera y único sostén de su familia– ofreció una suma simbólica de dinero como propuesta reparadora, la cual será entregada al Ministerio Público Fiscal y destinada a una institución de bien público.


El incumplimiento escolar como falta contravencional

La infracción en cuestión está contemplada en el artículo 120, inciso 6 del Código Contravencional de La Pampa, que establece sanciones para “los padres, tutores o guardadores de un niño, niña o adolescente escolar que abandonaren o descuidaren el derecho a su educación”.


El Código prevé que existe abandono o descuido cuando un estudiante no concurre a clases durante 30 días consecutivos o 45 alternados en el ciclo lectivo y los responsables no notifican a las autoridades educativas sobre la situación, justificando las razones de la ausencia.


Posibles consecuencias ante un incumplimiento

Si la madre no cumple con alguno de los requisitos establecidos, el beneficio de la probation será revocado y el proceso penal continuará su curso. Esta resolución refuerza la importancia de la educación como un derecho fundamental, destacando la responsabilidad de los tutores en garantizar la asistencia regular de sus hijos a la escuela.

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