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Ratifican la condena contra el policía que usó a presos como mozos en su casamiento

  • Foto del escritor: La Pampa
    La Pampa
  • 30 oct 2025
  • 3 Min. de lectura

El Tribunal de Impugnación Penal (TIP) confirmó la condena impuesta al oficial inspector Cristian Martín Galván, el exjefe de la subcomisaría de Lonquimay, por haber hecho trabajar a cuatro personas privadas de su libertad en la fiesta de su casamiento. La sentencia original fue dictada en julio por el juez Andrés Aníbal Olié, y este nuevo fallo ratifica todos sus términos.


Galván deberá cumplir una pena de un año y tres meses de prisión condicional y una inhabilitación especial por el doble del tiempo (dos años y seis meses) para ocupar cargos públicos. También se le impusieron pautas de conducta por dos años, entre ellas fijar domicilio y someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras. Además, se notificó del fallo a la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA).



Los hechos que motivaron la condena

Todo ocurrió el 31 de mayo de 2024, cuando Galván celebró su boda en el pub Veneto, ubicado a pocos metros de la subcomisaría. Según la investigación, el oficial solicitó la “colaboración” de cuatro internos —Manuel Urrutia, Claudio Araneda, Denis Álvarez Pérez y Oscar Dante Sánchez— para que ayudaran en el almuerzo del evento. Los detenidos realizaron tareas de limpieza, sirvieron comida y permanecieron en el lugar desde las 9 de la mañana hasta las 6 de la tarde, sin autorización judicial alguna.


Durante el juicio, tanto efectivos policiales como los propios internos confirmaron esta versión. La defensa, encabezada por los abogados Alberto Emanuel Morales y Marcos Bertolotti Fiore, había presentado un recurso de impugnación ante el TIP, alegando que la sentencia violaba el principio de congruencia, ya que —según sostuvieron— Galván fue condenado por un tipo penal diferente al que se había debatido en el juicio.



El TIP desestimó los argumentos de la defensa

Los jueces María Paola Frigerio (autora del voto inicial) y Mauricio Federico Piombi rechazaron la apelación y validaron el razonamiento del juez Olié. En el fallo, sostuvieron que no hubo ninguna modificación sustancial en la calificación jurídica ni se vulneró el derecho a la defensa. También remarcaron que el análisis probatorio del tribunal de juicio fue detallado, valorando con precisión los testimonios que permitieron acreditar los hechos “más allá de toda duda razonable”.


Además, el TIP resaltó la dificultad probatoria del caso, dado que algunos testigos eran personas detenidas, lo que podría haber generado reticencias a la hora de declarar. A pesar de ello, los jueces destacaron la concordancia entre los relatos de los policías y de los internos involucrados.


En cuanto a la justificación de la pena, el Tribunal remarcó que Galván “puso en riesgo la seguridad de la población” al permitir que personas condenadas abandonaran el lugar de detención sin medidas de seguridad ni autorización judicial. “El accionar del imputado generó la posibilidad concreta de una evasión y quebró los principios básicos de su rol como autoridad policial”, señalaron.



Un caso sin precedentes

Este fallo reafirma la gravedad institucional del hecho y sienta un precedente inédito en la provincia. No solo se cuestionó el uso indebido del poder, sino también la banalización del sistema penal y carcelario. El hecho de que los detenidos hayan sido utilizados como personal de servicio en un evento privado, sin autorización legal, fue considerado por la Justicia como una manifestación clara de abuso de autoridad.


Con esta resolución, el Tribunal de Impugnación cerró una de las causas más llamativas del año, que expuso una práctica tan irregular como inaceptable dentro de las fuerzas de seguridad de La Pampa.

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