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La Pampa seguirá el juicio en la Corte por el descuento del 15% de coparticipación

  • Foto del escritor: La Pampa
    La Pampa
  • 16 ago 2017
  • 2 Min. de lectura

El gobernador Carlos Verna dio instrucciones de seguir con el juicio a Nación para declarar inconstitucional el artículo que establece el descuento del 15% de coparticipación (para destinar a ANSES), establecido en el año 1992 por el Pacto Fiscal.

En el juicio, La Pampa pide la devolución de los fondos desde el 31 de diciembre de 2005. La Corte Suprema emitió una resolución el pasado 10 de agosto en la que le consultó al gobierno pampeano si seguiría el juicio. Le dio un plazo de 10 días para la respuesta.

En un comunicado, el Gobierno provincial explicó que “en relación a la solicitud de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a la provincia de La Pampa, referido a si mantiene el propósito de que se continúe con el trámite de las actuaciones que persiguen la inconstitucionalidad del art. 76 de la Ley 26078, atento a la propuesta de inicio de un proceso de dialogo por parte de la Nación a las provincias se informa que la respuesta será afirmativa”.

“En tal sentido, y en el marco de la demanda iniciada por nuestra provincia, con el objeto de arribar al cese de la detracción inconstitucional llevada a cabo por el Estado Nacional desde el año 2005 hasta la fecha en que se dicte la sentencia, implicando ello el reintegro de los fondos detraídos, con más sus intereses, la Corte Suprema a requerido que la provincia manifieste su voluntad de continuar con el trámite de la misma”, señala el comunicado oficial.

“Con relación al acuerdo "Nación - Provincias" firmado el día 18 de mayo de 2016 y ratificado por el artículo 24 de la Ley Nacional 27.260 y por el artículo 1 de nuestra Ley 2.910, tal como surge del artículo 4 del referido acuerdo, "...la firma del mismo, no implica de ningún modo, para la provincia, el reconocimiento o no de la validez constitucional del artículo 76 de la Ley 26.078, así como tampoco implica la renuncia a los reclamos administrativos y/o judiciales que las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hayan efectuado o efectúen respecto de las detracciones comprendidas o no en el mencionado acuerdo ...", sostiene el gobierno pampeano.

“El objeto de la demanda, cabe recordar, es que se declare la inconstitucionalidad del artículo 76 de la Ley N° 26.078, que dispone la prórroga unilateral de la distribución del producido de los tributos prevista, entre otras, en la Ley N° 24.130 “…durante la vigencia de los impuestos respectivos, o hasta la sanción de la Ley de Coparticipación Federal que establece el artículo 75 inciso 2 de la Constitución Nacional, lo que ocurra primero”, y el cese de la detracción de fondos allí estipulada”, explica.

“Por tal motivo, la Fiscalía de Estado, siguiendo expresas instrucciones del Sr. Gobernador en tal sentido, manifestará oportunamente a la Corte que mantiene la pretensión planteada, solicitando la prosecución del trámite judicial correspondiente”, señala el comunicado.

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