Coronavirus: La diputada winifredense Lorena Clara propone una prórroga tributaria
- Winifreda

- 18 mar 2020
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La legisladora provincial de la UCR, Lorena Clara, ante la extraordinaria situación de emergencia provocada por el COVID-19, presentó un proyecto de ley al respecto y continúa abocada trabajando en otras propuestas concretas de que lleven alivio a las familias pampeanas.

Si bien es lógico que los esfuerzos del Gobierno provincial se dirijan a proteger la salud de la población por razones de público conocimiento, se evidenció en toda la provincia una creciente preocupación de diversos sectores, principalmente vinculados a servicios, transportes y comercios, que continúan con sus actividades pero que en pocos días han comenzado a percibir un notable impacto en sus ingresos. Por eso, y ante la falta de datos concretos, el escenario aconseja diferir las obligaciones tributarias por el momento y no condonarlas. Claro está que las medidas de apoyo fiscal tienen un impacto inmediato.
El Proyecto dispone una prórroga tributaria como medida de apoyo financiero transitorio, y difiriendo por seis meses los vencimientos de pago de impuestos provinciales, para Industrias, Explotaciones agropecuarias, PYMES, autónomos y monotributistas. Dicho aplazamiento no devengará intereses de demora.
Con ello pretende morigerar un impacto económico negativo que se proyecta sobre esos sectores afectados, contribuyendo al incremento de liquidez y evitar posibles tensiones sociales que puedan experimentar estos colectivos, establézcase en la provincia de La Pampa una.
Asimismo, los beneficiarios de créditos cuyo acreedor sea el Estado provincial a través de cualquiera de sus Organismos, podrán solicitar también dicho aplazamiento de sus reembolsos cuando la crisis sanitaria actual haya originado en dichos beneficiarios periodos de inactividad, reducción en el volumen de las ventas o interrupciones en el suministro en la cadena de valor que les dificulte o impida atender al pago de la misma. La solicitud presentada deberá incorporar una explicación cualitativa y cuantitativa de cómo se ha producido esta afectación, su valoración económica y financiera. La misma será estimada de forma expresa por el órgano que dictó la resolución de concesión.
Es importante recalcar que la naturaleza excepcional y urgente de la crisis justifica la transitoriedad de las medidas expuestas, que pretenden asegurar que las ayudas estatales puedan fluir a las empresas, comercios y trabajadores independientes que las necesiten.
Los aplazamientos de las obligaciones tributarias y de reembolso de créditos por seis meses y sin intereses son medidas de rápida implementación e inequívocamente inyectarán dinero en el sistema, y descomprimirá situaciones de tensión con los sectores afectados.
La irrupción del COVID-19 está afectando de forma generalizada y creciente a varios sectores, cuyos operadores económicos necesitan, con carácter urgente, medidas de apoyo financiero para poder compensar, en lo posible, los descensos de sus ingresos ordinarios, y dotarse de liquidez para hacer frente a sus obligaciones.
Así, se persigue mitigar el posible impacto que el escenario de pueda tener en los sectores más vulnerables de la economía. Actualmente, la situación está afectando a la cadena de valor de amplios sectores industriales, especialmente internacionalizados y está incrementando el coste de la producción debido al mayor coste logístico de importación de piezas y suministros.
Por último, y de acuerdo a la evolución de las circunstancias, se estamos analizando posibles medidas adicionales, tales como fraccionamiento de las obligaciones diferidas, reducción de alícuotas para los sectores más afectados y hasta porcentajes de condonación, entre otras, sin que ello afecte desmedidamente las arcas provinciales. Fuente Plan B

El proyecto de ley consigna lo siguiente:
ARTÍCULO 1.- La presente ley tiene por objeto establecer en la provincia de La Pampa una prórroga tributaria para la industria, el sector agropecuario, las PYMES, los autónomos y monotributistas. Esta es una medida de apoyo financiero transitorio, ante la situación excepcional de emergencia provocada por el COVID-19, a fin de prevenir un impacto económico negativo que se proyecta sobre éstos sectores de la provincia de La Pampa, y para contribuir al incremento de liquidez y evitar posibles tensiones sociales que puedan experimentar estos colectivos.
ARTÍCULO 2.- En virtud de ello, en el ámbito de competencia del Estado provincial, a partir de la entrada en vigencia de la presente ley se diferirán por seis meses los vencimientos de pago de impuestos provinciales, para Industrias, Comercios, Explotaciones agropecuarias, PYMES, autónomos y monotributistas. Dicho aplazamiento no devengará intereses de demora.
ARTÍCULO 3.- Los beneficiarios de créditos cuyo acreedor sea el Estado provincial a través de cualquiera de sus Organismos, podrán solicitar también dicho aplazamiento cuando la crisis sanitaria actual haya originado en dichos beneficiarios periodos de inactividad, reducción en el volumen de las ventas o interrupciones en el suministro en la cadena de valor que les dificulte o impida atender al pago de la misma. Dicha solicitud presentada deberá incorporar una explicación cualitativa y cuantitativa de cómo se ha producido esta afectación, su valoración económica y financiera, y deberá ser estimada de forma expresa por el órgano que dictó la resolución de concesión. El plazo máximo para la resolución del procedimiento y su notificación es de treinta días contado a partir de la presentación de la solicitud.
ARTÍCULO 4.- Se invita a los municipios de la provincia a adherir a las presentes medidas extraordinarias y actuar en consecuencia con los tributos de su competencia.
ARTÍCULO 5.- De forma.-
FUNDAMENTOS
Desde que la Organización Mundial de la Salud declaró el pasado 30 de enero que la situación en relación al coronavirus COVID-19 suponía una emergencia de salud pública de importancia internacional, la evolución de la situación ha obligado a tomar al gobierno nacional y al provincial medidas urgentes en pos de la protección de la salud pública, orientadas a evitar la propagación de la enfermedad, entre otras.
Es importante recalcar que la naturaleza excepcional y urgente de la crisis justifica la transitoriedad de las medidas expuestas, que pretenden asegurar que las ayudas estatales puedan fluir a las empresas y trabajadores independientes que las necesiten, adaptando, en su caso, la normativa.
Los aplazamientos de las obligaciones tributarias y de reembolso de créditos por seis meses y sin intereses inequívocamente inyectará dinero en el sistema, y descomprimirá situaciones de tensión con los sectores afectados.
En particular, atendiendo al impacto potencial de la situación de crisis en la liquidez, apoyando a sectores específicos afectados, y teniendo en cuenta las herramientas de uso inmediato con las que contamos, es que presentamos esta acción concreta y perfectamente realizable.
La irrupción del COVID-19 está afectando de forma generalizada y creciente a varios sectores, cuyos operadores económicos necesitan, con carácter urgente, medidas de apoyo financiero para poder compensar, en lo posible, los descensos de sus ingresos ordinarios, y dotarse de liquidez para hacer frente a sus obligaciones.
Así, se persigue mitigar el posible impacto que el escenario de pueda tener en los sectores más vulnerables de la economía. Actualmente, la situación está afectando a la cadena de valor de amplios sectores industriales, especialmente internacionalizados y está incrementando el coste de la producción debido al mayor coste logístico de importación de piezas y suministros. En este sentido, se considera esencial que las empresas que hayan recibido apoyo financiero a la inversión a través de préstamos por parte del Estado Provincial puedan solicitar el aplazamiento de reembolso.































