La Pampa fortalece la regulación de la caza deportiva internacional y establece nuevos protocolos para la exportación de trofeos
- La Pampa
- 29 jul
- 2 Min. de lectura
La actividad cinegética continúa consolidándose como uno de los principales atractivos turísticos internacionales en la provincia de La Pampa. Cada año, la región recibe a decenas de cazadores deportivos, en su mayoría provenientes de Estados Unidos, pero también de países como España, Francia, Alemania, Brasil y Uruguay, atraídos por la riqueza faunística y los cotos de caza habilitados que ofrece el territorio pampeano.

En este contexto, funcionarios de la Dirección General de Recursos Naturales del Ministerio de la Producción participaron recientemente de un importante encuentro en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, junto a representantes nacionales del área de fauna. En la reunión estuvieron presentes el director nacional de Recursos Naturales, Octavio Pérez Pardo, integrantes de la Brigada de Control Ambiental, técnicos especializados y autoridades pampeanas como Carlos Bonnemezón (director del área) y Federico Pelizzari (subdirector de Fauna).
Durante el encuentro se acordó un protocolo unificado para la tramitación y autorización de exportación de trofeos de caza. Como parte de este nuevo esquema, la Brigada de Control Ambiental, en conjunto con la Subdirección de Fauna de La Pampa, será la encargada de verificar físicamente los trofeos en los acopios habilitados en la Provincia, con el fin de garantizar el cumplimiento de todas las normativas vigentes.
La caza deportiva en La Pampa se rige por un marco legal claro y actualizado. Está regulada por la Ley Provincial N° 1194 de Conservación de la Fauna Silvestre y su Decreto Reglamentario N° 2218/94, que establece los períodos, especies, cupos y condiciones para la práctica legal en campos y cotos registrados. Además, quienes deseen operar dentro de esta actividad deben gestionar su inscripción a través de la plataforma oficial para la Gestión de la Actividad Cinegética (https://tramitesdrn.lapampa.gob.ar).
En el plano nacional, la Ley N° 22.421 y su Decreto Nº 666/97 norman la conservación y aprovechamiento racional de la fauna silvestre. Según esta legislación, toda importación, exportación y circulación interprovincial de animales vivos, pieles, cueros, productos o subproductos provenientes de especies silvestres requiere autorización previa por parte de la autoridad nacional competente. Asimismo, es obligatorio estar registrado en el Registro Público Único de Operadores de Fauna Silvestre para realizar dichos trámites.

Entre las especies permitidas para la caza en La Pampa se destacan el jabalí y el ciervo colorado, así como también especies exóticas como el ciervo axis, ciervo dama, muflones y búfalos, siempre dentro de los cotos habilitados y bajo estricto control.
Con estos avances, La Pampa reafirma su compromiso con el desarrollo sostenible de la actividad cinegética, promoviendo su atractivo turístico, garantizando la conservación de la fauna silvestre y asegurando la trazabilidad y legalidad en la exportación de trofeos que son símbolo de una experiencia deportiva regulada y responsable.