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Implementan un nuevo protocolo contra la violencia laboral con la posibilidad de denuncias anónimas

  • Foto del escritor: La Pampa
    La Pampa
  • 8 sept
  • 3 Min. de lectura

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de La Pampa aprobó e implementó el “Protocolo de intervención ante situaciones de violencia laboral en el ámbito del Poder Judicial”, un instrumento que marca un antes y un después en la prevención, detección y erradicación de estas conductas dentro del sistema judicial.

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El documento, establecido a través del acuerdo 20/2025, introduce importantes innovaciones, entre ellas la posibilidad de que las denuncias sean presentadas de manera anónima o incluso por terceras personas que tengan conocimiento de situaciones de violencia laboral.



Principios rectores y alcance

La iniciativa se asienta sobre siete principios fundamentales:

  • Cero tolerancia a la violencia laboral.

  • Respeto a la privacidad y dignidad de las personas.

  • Confidencialidad y discreción.

  • Prevención de la re-victimización.

  • Orientación y asesoramiento integral.

  • Abordaje interdisciplinario.

  • Perspectiva de género y de derechos humanos.


El protocolo contempla que se aplique en casos de violencia, acoso o discriminación que se presenten en el marco de las relaciones laborales. Su propósito es claro: garantizar un ambiente libre de violencia, estableciendo mecanismos efectivos para prevenir, detectar y erradicar estas prácticas.


Con esta medida, queda sin efecto el anterior Protocolo de violencia de género en el ámbito laboral judicial, vigente desde hacía cinco años. El cambio amplía el alcance de las medidas, ya que ahora se actúa frente a cualquier forma de violencia laboral, y no solo aquellas ligadas específicamente a la cuestión de género.



Qué se entiende por violencia laboral

El nuevo documento define la violencia laboral como “toda acción, omisión o comportamiento destinado a provocar daño físico, psicológico, sexual o económico en el trabajo, sea como amenaza o acción consumada”. Incluye acoso psicológico, moral, sexual o violencia de género, y puede provenir de cualquier nivel jerárquico.


El STJ también estableció un listado de situaciones que sí constituyen violencia laboral y otras que no, para dar claridad a los procedimientos.



Acciones que configuran violencia laboral:

  • Asignación de tareas denigrantes, humillantes o imposibles de cumplir.

  • Obstaculizar la realización de una actividad o privar de herramientas necesarias.

  • Agresiones físicas o verbales (amenazas, gritos, insultos, falta de respeto).

  • Frases descalificadoras o discriminatorias.

  • Trato humillante o degradante.

  • Cambios arbitrarios de funciones o lugares de trabajo.

  • Conductas reiteradas que incomoden o atenten contra la dignidad de una persona.

  • Abuso de poder, amenazas o intimidaciones.

  • Ataques a la vida privada, acoso telefónico o difusión de rumores.

  • Bloqueo de la interacción y aislamiento de la víctima.

  • Hostigamiento psicológico.


Situaciones que no constituyen violencia laboral:

  • Conflictos interpersonales o diferencias puntuales.

  • Exigencias legítimas de organización (traslados o directivas dentro del marco legal).

  • Estrés laboral derivado de la carga de trabajo.

  • Síndrome de agotamiento profesional, como consecuencia de la naturaleza de la actividad.



Denuncias y nuevas herramientas de intervención

Además de mantener las vías ya existentes (denuncia personal, telefónica o por correo electrónico), el protocolo incorpora la opción del anonimato y la posibilidad de que terceros denuncien hechos presenciados o conocidos.


Otro aspecto novedoso es la intervención temprana de la Secretaría de Recursos Humanos, que incluso podrá actuar de oficio. Este equipo reemplazará a la Oficina de la Mujer y Violencia Doméstica, salvo en los casos vinculados directamente con violencia de género.


En todos los procedimientos se resguarda la confidencialidad de las personas involucradas y la discreción sobre los hechos.



Un paso hacia un ambiente laboral más saludable

El documento también prevé indicadores para detectar violencia, mecanismos de seguimiento y acompañamiento a las víctimas, medidas de protección, posibles sanciones y la actualización periódica de los contenidos en materia de prevención y capacitación.


Con este nuevo protocolo, el STJ refuerza su compromiso con un ambiente de trabajo libre de violencia, discriminación y hostigamiento, alineándose con estándares modernos de derechos humanos y gestión laboral.

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