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Tres años de prisión en suspenso e inhabilitación para joven que provocó un siniestro fatal

  • Foto del escritor: La Pampa
    La Pampa
  • 13 ago
  • 2 Min. de lectura

El juez de audiencia de Santa Rosa, Daniel Sáez Zamora, condenó a David Alejandro José Palavecino, de 26 años, a tres años de prisión de ejecución condicional y seis años de inhabilitación para conducir por su responsabilidad en un trágico siniestro vial ocurrido en mayo pasado en la localidad de Toay, que le costó la vida a un joven.

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La sentencia encuadró el hecho como homicidio culposo agravado por la conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria de un vehículo con motor, bajo los efectos del alcohol.



Un accidente que terminó en tragedia

El hecho tuvo lugar el 11 de mayo de 2025, alrededor de las 5:40 de la madrugada, en la intersección de Roque Sáenz Peña y San Lorenzo. Palavecino conducía una motocicleta Mondial RD en sentido norte-sur, acompañado por Ezequiel Juárez, cuando —en estado de ebriedad— perdió el control, derrapó y terminó impactando contra la rueda trasera, del lado del conductor, de un Volkswagen Gol Power que circulaba en sentido oeste-este.


La violencia del choque provocó que Juárez sufriera un traumatismo cráneoencefálico grave. Fue asistido en el Hospital de Toay y derivado posteriormente al Hospital René Favaloro de Santa Rosa, donde falleció al día siguiente debido a un paro cardiorrespiratorio consecuencia de la lesión neurológica.



Pruebas contundentes

Durante la investigación, se incorporaron al expediente actas de inspección ocular, croquis, fotografías, certificados médicos, resultados de alcohotest, informe de autopsia, historia clínica y testimonios. Las pericias confirmaron que Palavecino tenía alcohol en sangre al momento del accidente. También el conductor del automóvil involucrado arrojó resultado positivo en el control de alcoholemia.



Un acuerdo en juicio abreviado

El proceso se resolvió mediante juicio abreviado. En la audiencia, Palavecino reconoció su responsabilidad y aceptó la pena propuesta por la fiscala María C. Martini y su defensor particular, Benjamín Ortiz. El padre de la víctima fue escuchado y dio su conformidad al acuerdo.


Además de la prisión en suspenso y la inhabilitación para manejar, el fallo impuso reglas de conducta por dos años: fijar domicilio y no ausentarse sin autorización judicial, someterse a supervisión del Ente de Políticas Socializadoras para Personas en Conflicto con la Ley Penal y realizar un curso de reeducación vial.



El fundamento del juez

En su resolución, el juez Sáez Zamora remarcó que el imputado violó el deber de cuidado exigido por la Ley Nacional de Tránsito y que su estado de ebriedad, sumado a la conducción imprudente, fueron determinantes para el desenlace fatal. También consideró que la pena acordada se ajusta a los límites legales previstos para este tipo de delitos.


Este caso se suma a la lista de tragedias viales en la provincia y reaviva el debate sobre la responsabilidad al volante y el impacto del consumo de alcohol en la conducción.


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